Modificaciones en los impuestos cedidos a les Illes Balears

La Llei 11/2023, de 23 de noviembre, de modificació del Decret Legislatiu 1/2014, de 6 de juny, pel qual s’aprova el text refós de les disposicions legals de la comunitat autónoma de les Illes Balears en materia de tributs cedits per l’Estat ha introducido las siguientes modificaciones en los impuestos cedidos:
Sección autonómica del Impuesto sobre la renta de las personas físicas
– El mínimo familiar y personal de la sección autonómica del Impuesto sobre la renta de las personas físicas se incrementa en los siguientes términos (artículo 2 del Decret Legislatiu 1/2014):
Los importes correspondientes al mínimo de los contribuyentes por descendientes y discapacidad se incrementan en un 10% si forman parte del mínimo familiar y personal de
a) el mínimo del contribuyente mayor de 65 años y mayor de 75 años.
b) el mínimo del segundo, el mínimo del tercero y el mínimo del cuarto y siguientes descendientes.
c) el mínimo por ascendiente.
d) el mínimo por discapacidad.
– Deducción por arrendamiento de la vivienda habitual en el territorio de les Illes Balears (modificación del artículo 3 bis del Decret Legislatiu 1/2014):
Los contribuyentes menores de 36 años y los mayores de 65 años que no ejerzan ninguna actividad laboral o profesional y sean arrendatarios de una vivienda habitual en el territorio de les Illes Balears, pueden deducirse de la cuota íntegra autonómica el 15% de los importes satisfechos en el período impositivo, con un máximo de 530€ anuales. Para tener derecho a esta deducción se deben cumplir los siguientes requisitos:
a) La vivienda arrendada debe constituir la vivienda habitual del contribuyente y que éste lo ocupe realmente con un contrato de alquiler que sea igual o superior a un año.
b) Como mínimo durante la mitad del período impositivo, ni el contribuyente ni ningún otro miembro de su unidad familiar no sean titulares, de pleno dominio o de otro derecho real de uso o disfrute, de otra vivienda situada a menos de 70 kilómetros de la vivienda alquilada, excepto en los casos en que la otra vivienda este fuera de les Illes Balears o en otra isla, o genere para el contribuyente o para el resto de miembros de la unidad familiar, rendimientos de capital inmobiliario durante el mismo período impositivo.
c) El contribuyente no debe tener derecho a ninguna deducción por inversión en la vivienda habitual en el mismo período impositivo.
Para tener derecho a esta deducción, la base imponible total del contribuyente no puede superar los 52.800€ en tributación conjunta y de 33.000€ en tributación individual. En el caso de tributación conjunta, tendrán derecho a la deducción sólo los miembros de la unidad familiar que cumplan los requisitos anteriormente expuestos.
Cuando el contribuyente sea menor de 30 años, tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, tenga derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, o sea el padre, la madre o los padres convivientes con el hijo o hijos sometidos a la patria potestad y que integren una familia numerosa, en los términos que establece el artículo 6 de la Ley 8/2018 de 13 de julio, de apoyo a las familias, o una familia monoparental de las previstas en el artículo 7.7 de la Ley 8/2018 mencionada, pueden deducirse el 20% de los importes satisfechos en el período impositivo, con un máximo de 650€ anuales, siempre que se cumplan los requisitos y límites de renta explicados antes.
Para las familias numerosas o monoparentales, los límites de renta se incrementan en un 20%.
– Modificación de la deducción temporal para compensar el incremento del coste de los préstamos o créditos hipotecarios con tipo de interés variable (artículo 3 quarter del Decret Legislatiu 1/2014):
Se amplía hasta el ejercicio 2024 la deducción para el coste de los intereses abonados por los contribuyentes en contratos de préstamos o créditos con garantía hipotecaria y con tipo de interés variable suscritos para la financiación de la adquisición de la vivienda habitual. Para ello se deben cumplir las siguientes condiciones:
El inmueble objeto de la hipoteca debe constituir la vivienda habitual del contribuyente.
El importe de la deducción es la diferencia entre los intereses abonados en el año correspondiente a la liquidación del impuesto y los intereses abonados en el año 2021.
El importe máximo de la deducción por contribuyente para la liquidación del ejercicio 2022 es de 250€ y de 400€ por contribuyente para las liquidaciones de los ejercicios 2023 y 2024.
Esta deducción es incompatible con la deducción estatal por inversión en vivienda habitual que menciona la disposición transitoria decimoctava de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
Si tienes dudas sobre que deducciones autonómicas te corresponden en la declaración de la renta, puedes contactar conmigo mediante el formulario web.
Fuentes: BOIB nº 161 de 25 de noviembre del 2023, BOIB nº 77 de 7 de junio de 2014 y BOE nº 160 de 2 de julio de 2014
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